\ Es la primera revisión de este Plan que se hace en quince años
\ Favorece que las islas estén mejor preparadas para minimizar riesgos
El Consell de Govern, a propuesta de la Conselleria de Presidencia, Función Pública e Igualdad, ha aprobado el nuevo INUNBAL, el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones, quince años después de su aprobación.
Se trata de un hito importante que supone una respuesta necesaria, contundente y trabajada a hechos como las inundaciones de Sant Llorenç y el Levante de Mallorca que el Govern se había comprometido a hacer.
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La revisión del INUNBAL implica la adecuación de procedimientos operativos a la experiencia adquirida y a la normativa sectorial que se ha ido incorporando en los últimos años. En concreto, prevé el riesgo que sufren las Illes Balears por el hecho de tener un clima mediterráneo, con inviernos suaves y veranos muy calurosos y secos, con unas temperaturas extremas atenuadas por la proximidad con el mar.
Se pone especial atención a les gotas frías, ya que son frecuentes en los meses de otoño, lo que hace que las inundaciones sean el principal riesgo natural del territorio, por los daños que producen. Además, el hecho de ser un archipiélago condiciona sobremanera la distribución de medios y recursos que hay que poner a disposición de un equipo para la gestión de emergencias derivadas de las inundaciones.
Otro de los aspectos importantes del INUNBAL es que por primera vez incluye la perspectiva del cambio climático y las consecuencias que este tiene sobre las Illes Balears, entre las que destaca el incremento de las lluvias intensas. De esta manera, se estima que en los próximos años se mantendrán constantes o crecientes los episodios de inundación, teniendo presente que se trata de predicciones.
El Plan establece cuatro tipos de inundaciones y los protocolos de actuación ante cada una:
1. Inundaciones por precipitación in situ: son las provocadas por precipitaciones intensas, ante las cuales es importante tener en cuenta el estado de la red de drenaje y la presencia de infraestructuras susceptibles de ser inundadas.
2. Inundaciones por escorrentía, avenida o desbordamiento de cauces: pueden llegar a producir daños importantes a consecuencia del calado y la velocidad del agua, y también del transporte de sedimentos y otros materiales arrastrados por la corriente.
3. Inundaciones en zonas costeras.
4. Inundaciones por rotura u operación incorrecta de obras de infraestructura hidráulica: los titulares de las presas tienen que elaborar e implantar sus propios planes de emergencia.
Ante esto, se hace un despliegue normativo para conseguir una actuación coordinada de todas las administraciones públicas y la sociedad para disminuir los riesgos y las consecuencias de las inundaciones.
Este nuevo marco incluye también algunos datos de interés. Por islas, la más afectada por episodios de lluvia es Mallorca, con una media de 47 días al año, seguida de Menorca, con una media de 40 días, mientras que en Ibiza y Formentera hay aproximadamente 34 días en los que se producen este tipo de episodios.
De los incidentes producidos en los últimos diez años, el 77 % se han producido en entornos urbanos, la mayoría en edificaciones y establecimientos (37 % del total). Destaca el número de incidentes relacionados con daños a infraestructuras (48 %), entre los cuales están los desbordamientos de torrentes en cruces de carretera y las inundaciones en vía pública.
Por lo que respecta a las principales novedades del nuevo INUNBAL, se avanza la fase de preemergencia para alertar de un periodo en el cual es previsible que se produzcan determinados incidentes. Es una fase que ahora se mantendrá activa del 15 de agosto al 30 de noviembre.
Por otro lado, y relacionado con las tipologías de inundaciones, el Plan también analiza los fenómenos geológicos asociados a precipitaciones o avenidas. Dentro de este apartado, es importante destacar que este tipo de procesos pueden causar daños económicos y sociales de importancia, y que constituyen así riesgos, tanto para la población como para las autoridades competentes en materia de protección civil, que deben ser tenidos en cuenta.
Esta tarea ha dado lugar a los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación, elaborados por el organismo de cuenca, que en el caso de las Illes Balears es la Dirección General de Recursos Hídricos. Los mapas constituyen la información fundamental en la que se basan los planes de gestión del riesgo de inundación, y serán la base cartográfica del INUNBAL. Para la elaboración de los mapas de riesgo, se ha confrontado la información de los mapas de peligrosidad con los usos del suelo existentes, para tener en cuenta la vulnerabilidad de los terrenos inundados y el diferente valor de riesgo que implica su inundación.
En relación con la operatividad, el Plan INUNBAL reúne el conjunto de acciones, procedimientos y medidas que se deben aplicar para la consecución de los objetivos del Plan. Implica una articulación flexible de estas actuaciones y estrategias, conforme a la gravedad de las consecuencias producidas por las inundaciones, que se traduce en la puesta en marcha o activación de las diferentes estructuras operativas y organizativas que se prevén.
Prevé la movilización de los medios y recursos públicos y la incorporación de los privados de una manera armónica y ordenada en la estructura y organización definida, desde su activación hasta el final de la emergencia y la normalización.
También se pretende ayudar a los municipios de las Illes Balears a afrontar situaciones de riesgo provocadas por inundaciones, para lo cual prevé la implantación de planes municipales que deberán aprobar los ayuntamientos, para establecer una organización de respuesta propia, como también para llevar a cabo actuaciones preventivas.
En este sentido, los municipios deben identificar los puntos de afectación por desbordamiento de torrentes, sobre todo en los tramos que pasan por zona urbana, y elegir qué medidas y acciones preventivas implantarán de manera transitoria para evitar daños personales y también a los bienes y al medio ambiente.
El plan ha llegado a su aprobación definitiva después de que la Comisión de Emergencias y Protección Civil y el Consejo Nacional de Protección Civil hayan emitido su visto bueno. Tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de que sea revisado cada cuatro años.