El mes pasado se presentó una denuncia ante la Demarcación de Costas sobre unas presuntas ocupaciones de media docena de terrazas de bares situadas en los bajos del Edificio Xara y alrededores, en el inicio de la plaza de Alcudia.
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Hace unos días se recibió un escrito de la Demarcación de Costas confirmando que estas ocupaciones no disponían de autorización y que se debía haber retirado de la plaza a partir del 30 de noviembre del año pasado y en todo caso a partir del 31 de diciembre para finalizar la autorización que disponía el Ayuntamiento de Alcudia para las temporadas 2018 a la 2021.
También se informa que desde el 14 de marzo de este año, el Ayuntamiento de Alcudia se adhiere a las instalaciones de estas terrazas para ser la titular de la autorización. Después de haber trans corregido más de un mes de este requerimiento las ocupaciones de las terrazas continúan y, a menudo, están en explotación comercial.
Dadas estas circunstancias, no se entiende como se debe dar por terminadas estas ocupaciones y más si se tiene en cuenta que son autorizables por lo que dispone el artículo 32. 1 de la Ley de Costas, en la que se aclara que sólo se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo terrestre para aquellas actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación. El resultado obvio es que estas actividades de barbacoa tienen que ubicarse en otros lugares fuera de la playa y del DPMT.
También hay que lamentar, como evidencian los medios informativos casi cada día, las numerosas ocupaciones y explotaciones comerciales a las costas de las Islas Baleares que incumplen la ley, pero que inexplicablemente han sido toleradas, y en numerosas ocasiones acabadas y totalmente autorizadas, como las existentes antes del Edificio Xara de hace décadas.