El Gobierno rebaja el IVA del gas natural desde el 21% hasta el 5% para todos los consumidores.

Sep 26, 2022 | Publicación, Actualidad, Destacado, Revista Lloseta, TDB, Tradición

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• Esta medida fiscal estará vigente hasta fin de año, también se aplicará a pellets, briquetas y leña, y aportará un ahorro de unos 210 millones.
• Las plantas de cogeneración de la industria podrán renunciar temporalmente a su retribución regulada para entrar en el ámbito de aplicación del Mecanismo Ibérico.
• Un nuevo servicio de respuesta activa de la demanda aumentará la flexibilidad y la seguridad del sistema eléctrico.
• Se aumenta la flexibilidad para determinar la capacidad de las redes de transporte y se agilizan y simplifican varios trámites para los proyectos de renovables.

La rebaja del IVA en el gas natural y los otros biocombustibles se añade a la potente rebaja fiscal aprobada progresivamente por el Ejecutivo sobre la electricidad, que ha dejado el IVA también en el 5%, ha situado en el 0,5% el tipo del Impuesto sobre la Electricidad y ha suspendido el impuesto al 7% a la generación, con una incidencia económica que supera los 10.000 millones.


REACTIVACIÓN DE LA COGENERACIÓN
Las instalaciones de cogeneración utilizan un combustible (principalmente gas natural, pero también otros combustibles líquidos o biomasa) para producir simultáneamente electricidad y calor útil para los procesos industriales.
La situación de precios en los mercados energéticos ha provocado la parada de la producción de más de la mitad de la potencia instalada de cogeneración en España en el mes de agosto. Esto afecta muy negativamente a los sectores industriales más intensivos en calor, pero, además, supone una pérdida de eficiencia energética de la economía, ya que la energía que no produce la cogeneración es sustituida por otras soluciones técnicas –ciclos combinados y calderas de gas– que presentan un rendimiento energético global inferior.
Para solucionar este problema, las instalaciones de cogeneración podrán renunciar temporalmente a su régimen retributivo regulado, de modo que entren en el ámbito de aplicación del Mecanismo Ibérico y perciban el ajuste que cobran las centrales
térmicas de gas. Esta renuncia, temporal, podrá solicitarse mientras el Mecanismo Ibérico esté vigente.