El Govern abre el proceso para solicitar las ayudas al alquiler de 2025, disponible hasta el 15 de diciembre

Nov 15, 2025 | Actualidad, Destacado, Entrevista, Portada, Publicación, Revista Lloseta, TDB, Tradición

El Govern de les Illes Balears ha puesto en marcha este viernes la convocatoria de ayudas al alquiler para el año 2025, cuyo plazo para presentar solicitudes permanecerá abierto hasta el 15 de diciembre.
Toda la información y el acceso al trámite telemático están disponibles en la web ajudeslloguer.caib.es, donde también se puede pedir una cita presencial para recibir apoyo durante el proceso.

Estas ayudas, reguladas por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, cubren hasta el 50 % del alquiler mensual de viviendas cuya renta no supere los 900 euros, límite que el Govern ha solicitado ampliar en repetidas ocasiones para adaptarlo a la realidad del mercado balear y permitir que más familias puedan beneficiarse.

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El Govern abre el proceso para solicitar las ayudas al alquiler de 2025, disponible hasta el 15 de diciembre

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 9,3 millones de euros, de los cuales 7,1 millones proceden del Plan Estatal de Vivienda y 2,2 millones se financian con fondos propios de la comunidad autónoma.

Límites de ingresos

Se mantienen los requisitos económicos establecidos en anteriores convocatorias. Con carácter general, los ingresos de la unidad de convivencia no pueden superar los 25.200 euros anuales (tres veces el IPREM).
Este límite se amplía en determinados casos:

  • 33.600 euros (cuatro veces el IPREM) en familias numerosas de categoría general, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo.
  • 42.000 euros (cinco veces el IPREM) en familias numerosas de categoría especial, personas con discapacidad con grado igual o superior al 33 % o víctimas de violencia de género.

Requisitos principales

Las personas solicitantes deben:

  • Tener un contrato de alquiler vigente.
  • Residir habitualmente en la vivienda alquilada.
  • Contar con nacionalidad española o residencia legal.
  • Estar al día en el pago del alquiler.
  • Cumplir con los límites de ingresos y que la renta no supere los 900 euros mensuales.

La ayuda no es compatible con otras subvenciones destinadas al pago del alquiler del Plan Estatal 2022–2025 ni con las ayudas similares que pueda conceder cualquier administración, salvo en casos excepcionales como víctimas de violencia de género, trata, violencia sexual, personas desahuciadas, sin hogar o especialmente vulnerables, así como perceptores del ingreso mínimo vital o de pensiones no contributivas.