Nuevo plazo abierto para solicitar las ayudas al alquiler de 2025

Dic 5, 2025 | Actualidad, Destacado, Entrevista, Portada, Publicación, Revista Lloseta, TDB, Tradición


El periodo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de diciembre

Este viernes se ha abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler correspondientes al año 2025 en las Illes Balears. Las personas interesadas pueden presentar sus solicitudes hasta el 15 de diciembre.

Toda la información de la convocatoria está disponible en ajudeslloguer.caib.es, donde también se puede realizar la tramitación telemática. Además, quienes necesiten apoyo pueden pedir cita presencial para recibir asistencia.

Según las condiciones fijadas por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, estas ayudas cubren alquileres mensuales de hasta 900 euros.

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Nuevo plazo abierto para solicitar las ayudas al alquiler de 2025

Ante la situación del mercado del alquiler en las Illes Balears, se ha solicitado en repetidas ocasiones al Ministerio una revisión al alza del límite máximo de renta para que más personas puedan beneficiarse del programa.

La partida destinada para 2025 asciende a 9,3 millones de euros, de los cuales 7,1 millones pertenecen a fondos estatales y 2,2 millones proceden de recursos autonómicos.

Ingresos máximos

Las ayudas cubren hasta el 50 % de un alquiler de hasta 900 euros, con un máximo de 3.000 euros anuales por vivienda.
Los ingresos de la unidad de convivencia no pueden superar los 25.200 euros anuales (tres veces el IPREM).

El límite aumenta en ciertos casos:

  • Hasta 33.600 euros (cuatro veces el IPREM) para familias numerosas de categoría general, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo.
  • Hasta 42.000 euros (cinco veces el IPREM) para familias numerosas de categoría especial, personas con discapacidad igual o superior al 33 % o víctimas de violencia de género.

Requisitos principales

Para optar a las ayudas es necesario:

  • Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda habitual y permanente.
  • Tener nacionalidad española o residencia legal.
  • Cumplir los límites de ingresos establecidos.
  • Que la renta mensual sea igual o inferior a 900 euros.
  • Estar al corriente del pago del alquiler al presentar la solicitud.

La ayuda debe destinarse exclusivamente al pago de la renta y no es compatible con otras ayudas similares del Plan Estatal 2022-2025, de la Comunidad Autónoma o de entidades públicas.

Quedan excluidos de esta incompatibilidad los casos excepcionales, como víctimas de violencia de género, trata, violencia sexual, personas en situación de desahucio, sin hogar, especialmente vulnerables, perceptores de pensiones no contributivas y beneficiarios del ingreso mínimo vital.