Elecciones generales del 29 de noviembre: cómo solicitar el voto por correo y cuáles son los plazos

Oct 19, 2026 | Actualidad

Los electores podrán pedir el voto por correo hasta el 19 de noviembre de 2026 y tendrán de plazo hasta el día 25 para depositarlo en una oficina de Correos. La solicitud puede realizarse presencialmente o por internet mediante identificación electrónica.

Las elecciones generales del próximo 29 de noviembre de 2026 permitirán renovar el Congreso de los Diputados y el Senado. Los ciudadanos que deseen participar mediante el voto por correo podrán presentar su solicitud hasta el jueves 19 de noviembre, mientras que la fecha límite prevista para entregar el voto será el miércoles 25 de noviembre.

Este procedimiento está dirigido a los electores que prefieran votar por correspondencia o que no puedan acudir a su mesa electoral durante la jornada de votación. Una vez aceptada la solicitud por la Oficina del Censo Electoral, ya no será posible votar presencialmente el día de las elecciones.

Cómo solicitar el voto por correo

La petición puede tramitarse de dos maneras: acudiendo a cualquier oficina de Correos para cumplimentar el formulario correspondiente o utilizando el servicio electrónico disponible en su página web.

Para realizar la solicitud por internet es necesario disponer de DNI electrónico o de un certificado digital válido que permita acreditar la identidad del elector.

En ambos casos, deberá indicarse una dirección postal para recibir la documentación electoral. Puede tratarse del domicilio habitual, el lugar de trabajo o un apartado postal.

La Oficina del Censo Electoral comenzará a enviar la documentación a partir del 9 de noviembre.

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Elecciones generales del 29 de noviembre: cómo solicitar el voto por correo y cuáles son los plazos. Cómo preparar y entregar el voto

Después de recibir la documentación, el elector deberá seleccionar la papeleta correspondiente e introducirla en el sobre de votación. También puede optar por votar en blanco, dejando el sobre sin papeleta.

Posteriormente, tendrá que introducir el sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre dirigido a su mesa electoral.

No debe incluirse ningún documento acreditativo de identidad dentro del sobre de votación, ya que esta circunstancia provocaría que el voto fuera considerado nulo.

El sobre preparado deberá entregarse en una oficina de Correos antes de que finalice el plazo del 25 de noviembre. El envío se realizará mediante correo certificado gratuito y será necesario identificarse con el DNI u otro documento equivalente.

Cuando el elector no pueda acudir personalmente, podrá autorizar a otra persona para realizar la entrega. La autorización deberá estar firmada y acompañada de una fotocopia del documento de identidad del votante.

Voto desde el extranjero

Las personas residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero y permanezcan fuera del país hasta la jornada electoral disponen de un procedimiento específico.

En estos casos, la solicitud deberá presentarse personalmente en una embajada o consulado hasta el 31 de octubre. Para ello, será necesario estar inscrito como no residente en el registro de matrícula consular, trámite que puede efectuarse al mismo tiempo que la solicitud.

El envío de la documentación electoral para estos votantes comenzará el 3 de noviembre y el voto deberá remitirse por correo certificado como máximo el 25 de noviembre.

Para su validez, el sobre deberá incorporar un matasellos u otra inscripción postal oficial que permita comprobar que se ha enviado dentro del plazo establecido.

La solicitud electrónica ordinaria está disponible para los electores residentes en España y para los residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en territorio español y tengan derecho a participar en estas elecciones. No puede utilizarse para solicitar el voto desde el extranjero en los demás supuestos indicados.

Calendario de las elecciones generales

La convocatoria electoral fue aprobada en un Consejo de Ministros extraordinario celebrado el 5 de octubre, mediante el real decreto de disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 6 de octubre.

La campaña electoral comenzará el viernes 13 de noviembre a las 0.00 horas y finalizará el viernes 27 de noviembre a las 24.00 horas. El sábado 28 será la jornada de reflexión y el domingo 29 se celebrarán las votaciones.

Las nuevas Cámaras tienen prevista su constitución el 23 de diciembre de 2026.